Actuar con neutralidad y debida diligencia en el presente periodo electoral
La Contraloría te recuerda que debes actuar con neutralidad en el ejercicio de tus funciones. Esto implica que en el marco de un proceso electoral te desempeñes con absoluta imparcialidad política. Cumple con este Tip de Control Electoral y evita las sanciones administrativas u otras que correspondan.
Artículo 16 y el literal t) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias.
Numeral 1) del Artículo 7, de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Literal k) del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto Supremo que Establece las Medidas para fortalecer la Integridad Pública y Lucha Contra la Corrupción.
Literales b), c), d) y e) del artículo 4 y literales a), b), c) del numeral 5.1 y numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Supremo N° 082-2022-PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones sobre neutralidad de funcionarios y servidores públicos durante el periodo electoral 2022.
Literal p) del Artículo 5, y los Artículos 32 y 33, de la Resolución Nº 0922-2021-JNE que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.
Literal g) del artículo 39 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.
Artículo 155 y literal b) del artículo 156 del Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Civil.
Artículo 407 del Código Penal, (Omisión de Denuncia), del Código Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 635.
EJEMPLOS DE PROHIBICIONES Y RECOMENDACIONES
No debes favorecer al familiar de una funcionaria o un funcionario público que postula a la alcaldía y tampoco disponer que el personal de la entidad y de serenazgo distribuya propaganda electoral en una actividad pública.
Si eres funcionaria o funcionario público y a su vez eres candidata o candidato en las próximas elecciones, no debes realizar actos de proselitismo en la inauguración de una obra pública y desconocer sobre dicha infracción cometida, por no asistir a las charlas informativas donde se informaba sobre los impedimentos en materia electoral.
Si eres testigo del uso indebido de materiales de oficina para elaborar propaganda electoral de un familiar de una funcionaria o funcionario público de la entidad, debes denunciarlo.
No debes poner a disposición de ningún miembro de tu organización política los paneles informativos, ubicados en los locales de tu entidad con la finalidad de favorecer una candidatura.